Gracias a Martha Colmenares
http://grupo11prohibidoolvidar.blogspot.com/2010/06/el-caso-de-jorge-rojas-recopilacion.html
(Por razones que desconozco, el blog original que alojaba este link ha sido eliminado)
Preciso ¡Prohibido Olvidar! lo que le
ocurrió hace unos años a este venezolano, Jorge Rojas, compañero de
luchas y siempre presente para brindar solidaridad a los presos
políticos y a la causa de la exigencia de la justicia. Jorge Rojas
Riera, secuestrado por el organismo de seguridad D.I.S.I.P (ahora
SEBIN), en la Plaza Francia de Altamira el 19 de Septiembre del 2003, torturado en la sede del Helicoide y
luego sometido a proceso penal infundado y plagado de irregularidades,
de pruebas falsas y mentiras inventadas por funcionarios del organismo
de seguridad, y apoyadas por la actitud complaciente de los fiscales del
Ministerio Publico, resumen su caso según lo que el expresa.
Además, condenado y bajo régimen de presentación periódica ante un
tribunal por los delitos de porte ilícito de arma de fuego, intimidación
publica y resistencia a la autoridad, cuando el nunca disparo porque o
tenia arma alguna y de esos hechos hay testigos, según él ha denunciado,
resumen lo ocurrido.
4 años, 6 meses 15 días, más 1 año en Régimen de Prueba, sentencia
cumplida el 12 de junio de 2009. No llegó a ser liberado, la jueza 50 de
control suplente María Esther Guía le otorgó medida cautelar de casa
por cárcel, y la Fiscal actúante, Theresly Malavé estuvo de acuerdo.
Luego de ello la jueza titular Belkys Cedeno ordenó su reclusión a
instancias de los nuevos fiscales designados para mí caso, Yoraco Bauza y
Jose Benigno Rojas. Estuvo detenido desde el 10 de octubre de 2003
hasta el 29 de enero de 2004 cuando le dieron casa por cárcel
Sigue el reportaje
En la primera foto Jorge Rojas, luego el abogado Rigoberto Quintero y portada de El Nacional el 21 de septiembre 2003.
Cabe destacar que Venezuela
Awareness Foundation estuvo a cargo de su representación ante instancias
internacionales hasta octubre 2009. Actualmente FUNDEPRO (Fundación para el debido proceso) es la institución que lleva el caso
de Jorge Rojas, cuyas palabras para esta institución son de
agradecimiento y complacencia por el trabajo realizado en busca de
justicia.
Jorge Rojas me cuenta que su madre acudió a la Comision de DDHH de la Coordinadora Democratica en el año 2004, en febrero, “la atendió el "Sr" Rafael Narvaez, cuando ella le plantea mi caso, la respuesta de ese señor fue "si estaba con los militares, que lo ayuden ellos, yo no me meto"... puedes decir que no confio en politicos "defensores de DDHH" por esa experiencia, Delsa Solorzano trabajaba en aquel entonces con Narváez”. Como me expresa además, “por conocer a los actores políticos no quise nunca que se metieran en mi caso para que no manipularan y menos aun hicieran piso político con el sufrimiento que me toco vivir”
- Recuento de las reseñas
VIOLENCIA POLITICA / A tiros capturaron a colaborador de plaza Francia
Disip actuó de incógnito en Chacao
Disip actuó de incógnito en Chacao
Vecinos y soldados disidentes repelieron la acción comando ocurrida a las once de la noche
GUSTAVO RODRIGUEZ
Caracas, domingo 21 de septiembre, 2003. Versuón impresa
EL
UNIVERSAL Funcionarios de la Policía Municipal de Chacao se enfrentaron
a tiros contra agentes de la Disip y presuntos miembros del G2 cubano,
en un extraño procedimiento que se desarrolló en las inmediaciones de la
plaza de Altamira.
Pasadas las once de la noche,
justo cuando el presidente Hugo Chávez iniciaba una cadena para mostrar
los avances del llamado Plan Robinson, llegaron los funcionarios
vestidos de civil y sin ningún tipo de identificación para capturar a la
fuerza a dos disidentes. En la plaza y a través de los altavoces,
alertaron sobre un secuestro en proceso y de inmediato se inició el plan
de respuesta.
Seis soldados disidentes que se
encontraban en la zona pretendieron impedir que se ejecutara el plagio.
Los vecinos comenzaron a tocar cacerolas y lanzarles objetos a los
supuestos antisociales. Por la fuerza arrastraron hasta una camioneta
Jeep Cherokee al colaborador Jorge Rojas Pereira. Segundos más tarde
llegaron las comisiones de Polichacao, las cuales fueron recibidas a
tiros.
Los soldados disidentes José
Luis Silva, Edwin Salas y Ronald Theis relataron que los secuestradores
en ningún momento mostraron orden de detención ni otro oficio.
Explicaron que los desconocidos hablaban con evidente acento cubano, por
ello aseguran que son miembros de la policía política del régimen
cubano.
El soldado Javier Félix Romero
recibió un disparo en la mano izquierda. Explicaron que mientras el
presidente Chávez hablaba en cadena de radio y televisión, los
antisociales ocuparon las adyacencias de la plaza Francia. Cada una de
las salidas y accesos de la plaza fueron sitiadas por vehículos
particulares. Los desconocidos sólo mostraban sus pistolas y armas
largas.
Cuando emprendían la huida
colisionó un vehículo Jeep Cherokee a la altura de la Torre Británica.
Los heridos fueron trasladados a otro vehículo y continuaron la marcha.
El siniestro obligó a que llamaran refuerzos, y que luego los desconocidos se identificaran como agentes de la Disip.
Agentes de Polichacao fueron
amenazados de muerte e incluso el alcalde Leopoldo López fue sometido
con armas largas cuando pretendió exigir una explicación. Los agentes
que hablaban con acento cubano fueron evacuados del lugar al igual que
el vehículo colisionado, sin que autoridad alguna iniciara el
procedimiento de rutina para establecer responsabilidades.
Los testigos aseguraron que el
procedimiento tardó sólo diez minutos. Contabilizaron 12 unidades de
color amarillo y otras ocho Nissan, modelo Terrano, donadas por el
Gobierno español a través del Proyecto España a la Policía
Metropolitana. Aunque extraoficialmente se sospecha que el joven se
encuentra en algún despacho policial, oficialmente permanece
secuestrado.
Al sitio no llegó ningún fiscal del Ministerio Público ni del Cicpc.
López: Borraron las evidencias
El
alcalde de Chacao, Leopoldo López, lamentó que sus funcionarios
tuviesen que enfrentar a personas que sin identificación alguna
pretendieron llevarse a un joven de la plaza de Altamira.
El mandatario local aseguró que
para los uniformados se trataba de unos delincuentes que obraban sin
ningún tipo de coordinación policial. El director de Polichacao,
Leonardo Díaz Paruta, se mostró sorprendido, porque tras aclararse la
situación, la Disip borró todas las evidencias que permitirían
establecer responsabilidades, e incluso se llevó el automóvil
siniestrado y a los funcionarios heridos. Recordó que la primera
reacción de los funcionarios fue estar en presencia de un secuestro en
progreso, pero después se percataron de que se trataba de una acción
encubierta._GR
Sospechan de una manipulación indebida
Bomba de Miraflores sólo fue un accidente
Bomba de Miraflores sólo fue un accidente
Las primeras pesquisas
relacionadas con la explosión ocurrida en el interior de
lasinstalaciones de la Casa Militar, dan cuenta de que se trató de un
accidente por manipulación indebida de explosivos.
Los técnicos que acudieron al
lugar del suceso establecieron que resultaría casi imposible que una
persona pudiera arrojar un explosivo desde la calle sin que los
custodios se percataran. Los investigadores admitieron que en el
interior del Palacio Blanco se encuentran las unidades mejor entrenadas
en el área de seguridad, y que extrañamente unas personas desconocidas
ingresaran al perímetro conocido como zona de exclusión para arrojar una
bomba sin ser detectados por nadie.
De acuerdo con lo observado por
los especialistas en el estacionamiento de la Casa Militar, los daños
fueron menores. Sólo tres tanquetas y dos autobuses quedaron
parcialmente afectados. Trascendió que después de la explosión no se
disparó el dispositivo de seguridad para tratar de capturar a los
supuestos responsables.
A los bomberos metropolitanos no
se les permitió ingresar al sitio del suceso. A las dos de la madrugada
salió a la calle una cuadrilla de soldados con instrucciones de barrer
todos los cristales que cayeron al pavimento y en consecuencia borrar
las posibles evidencias. Ninguna autoridad ha explicado los detalles de
la explosión, que incluso pudo haberse generado por ignición espontánea.
Los vecinos de la Parroquia Altagracia esperan que el Gobierno corra
con los gastos que implica reparar todos los cristales fracturados por
la detonación._GR
(Las anteriores reseñas también del 21 de septiembre 2003, edición impresa)
La policía política carecía de pruebas
Liberado civil detenido por la Disip en Altamira
Liberado civil detenido por la Disip en Altamira
El tribunal 50 de Control concedió una medida cautelar sustitutiva de libertad al
joven Jorge Rojas Riera, quien fuera apresado a tiros por funcionarios
de la Disip e imputado por la colocación de explosivos.
El abogado Rigoberto Quintero
Azuaje, defensor del colaborador de plaza Altamira, denunció que su
cliente fue brutalmente torturado y obligado a firmar un acta. Sin
embargo, el tribunal comprobó que en ningún momento el imputado se batió
a tiros con más agentes de la policía política.
El profesional del derecho dijo
que solicitó que al joven se le efectuara un examen médico legal para
que se dejara constancia que había sido sometido a vejámenes e incluso
fue atacado con descargas eléctricas.
El general Danny Azuaje, jefe de
Cooordinación Policial, y el presidente Hugo Chávez, aseguraron que el
detenido fue atrapado de manera flagrante. Sin embargo, la Disip lo
presentó a los tribunales de justicia casi doce horas después del hecho.
"Si mi cliente le hubiese disparado a todos esos efectivos de la Disip,
estaría ahora muerto. El sólo cargaba una linterna para pernoctar en la
plaza Altamira", comentó.
(El Universal. 22 de septiembre 2010)
Published: Sunday, September 21, 2003
Bylined to: Roy S. Carson
Venezuelan Military
Intelligence says overwhelming evidence the CIA planned to bring down
Chavez Frias' airplane en route to United Nations in New York
Details behind the sudden
decision to cancel President Hugo Chavez Frias' next-week trip to
Washington D.C. and New York (to deliver a speech to the United Nations)
are being revealed by security services who say they have "overwhelming
evidence" of a CIA-backed plan to "bring down" the Chavez Frias'
airplane during the scheduled flight to the United States from Caracas.
Sources in Venezuela's Military Intelligence Directorate (DIM) have told
VHeadline.com that "presented with overwhelming evidence of
Washington's planned attack on the Presidential flight, it was decided
that the President's personal security was preeminent and that he should
not go!"
State Security & Political
(DISIP) police agents were involved in a gun battle in Plaza Altamira
Friday night as they moved to detain a suspect now named as Jorge Rojas
Riera, for the Friday morning bombing at the Casa Militar barracks,
across Avenida Urdaneta from the Miraflores Presidential Palace. It is
reported that President Hugo Chavez Frias was working at his desk when
the 1:00 a.m. blast went off but that his life had never been put in
danger as many gleeful wire-service reporters had immediately cabled to
their North American publishers.
Reports say that some 60 DISIP
and National Guard (GN) officers were able to take the suspect into
custody but only after a skirmish with opposition-controlled Chacao
municipal police officers and gunmen identified as former army officers
who had been dismissed the service after they participated in the April
11, 2002, coup d'etat. Police say Rojas Riera was detained after
officers were forced to use an electronic stun gun to capture and 'cuff
him. Little is known of the detainee other than that he has been
identified having been employed at Plaza Altamira as a "security agent"
by opposition organizers ... meanwhile he has told interrogators that he
acted independently in the Friday morning's grenade attack.
Rebel army officer Felix Moreno
was reportedly wounded in an exchange of gunfire. Chacao Mayor Leopoldo
Lopez says part of the blame has to be laid on DISIP agents who did not
identify themselves ... he says they arrived to Plaza Altamira just
before midnight and were heavily armed but were not in uniform. "there
was a lot of running-around and another gun-battle close to Torre
Britanica (south of Avenida Francisco Miranda) in which a DISIP wagon
was overturned.
Strong rumors are circulating
today that the man arrested had earlier sought political asylum at the
Dominican Republic embassy in Caracas but had been asked to return
later.
El Nacional - Lunes 22 de Septiembre de 2003 B/17
Sucesos
Denuncian que torturaron a activista de la plaza Francia
El tribunal 50 de Control de
Caracas le otorgó una medida cautelar a Jorge Rojas, quien permanecerá
en su domicilio custodiado por funcionarios policiales.
El Cicpc continúa las averiguaciones
DAVID GONZÁLEZ
Foto ANTONIO RODRÍGUEZ
El abogado Rigoberto Quintero presentó la denuncia
Jorge Rojas, el voluntario de la plaza Francia de Altamira detenido por la Disip el viernes pasado, regresó a su domicilio.
Rigoberto Quintero, abogado del
activista, denunció que Rojas fue sometido a torturas y a tratos
degradantes por parte de los funcionarios del organismo de inteligencia.
“Le golpearon en el rostro y le dieron patadas. También le apuntaron en
la cabeza con armas y le disparaban con balas de salva”, explicó el
representante legal.
Rojas fue señalado por el
presidente Hugo Chávez como uno de los sospechosos involucrados en la
colocación del artefacto explosivo que detonó en el servicio de
transporte del Regimiento de la Guardia de Honor de Miraflores.
Quintero aseveró que su cliente no tuvo que ver con el atentado y que “el primer mandatario está mal informado”.
El Tribunal 50 de Control de
Caracas le dictó a Jorge Rojas una medida cautelar de resguardo
domiciliario con apostamiento policial. “Eso quiere decir que ni el
fiscal del caso, ni el juzgado encontraron méritos suficientes para
dejarlo preso y lo enviaron a su casa donde estará protegido”, manifestó
el abogado.
Rojas, sin embargo, seguirá siendo investigado porque supuestamente “quebrantó el orden público” el viernes en la noche.
Por ello deberá presentarse regularmente ante los tribunales.
“Se trataría de un delito menor”, expresó Quintero, “como el de un borracho que dispara al aire.
Nada tiene que ver con la
colocación de una bomba o con dispararle a las unidades de la Disip. Eso
ratifica que no hallaron fundamentos para comprometerlo”.
Quintero afirmó que las
estrictas medidas de seguridad que se aplican en las adyacencias de
Miraflores hacen improbable que pueda lanzarse un artefacto explosivo
impunemente. Agregó que su representado fue detenido irregularmente. “No
portaba arma de fuego, sólo tenía una linterna en la mano. Tampoco
disparó contra la Disip, como dijeron voceros del Ministerio del
Interior y Justicia. Si lo hubiera hecho, seguramente lo habrían matado.
Sabemos que las personas que se enfrentan a las comisiones policiales tienen todas las de perder”, señaló el abogado.
Pese a que Rojas supuestamente
fue capturado en flagrancia por cometer el delito de disparar contra las
autoridades, fue trasladado a los tribunales 18 horas después de su
detención.
Prosiguen averiguaciones
El Cuerpo de Investigaciones
Científicas, Penales y Criminalísticas ha proseguido –por órdenes de la
Fiscalía– con los interrogatorios del personal de guardia que estaba en
la unidad militar para el momento de la explosión. Igualmente ha
entrevistado a transeúntes que supuestamente se encontraban en la zona y
a vecinos del lugar. Más de 30 personas –aseguraron fuentes de la
policía – han declarado.
Uno de los aspectos que ha
extrañado a los investigadores es cómo los individuos que supuestamente
lanzaron la bomba burlaron los anillos de seguridad de Miraflores. La
policía judicial asegura que cuenta con los elementos para avanzar en la
identificación de las personas involucradas en la colocación del
explosivo en el Regimiento de la Guardia de Honor.
El Nacional - Domingo 21 de Septiembre de 2003 B/23
Sucesos
Calificaron de irresponsable incursión de la Disip en plaza Francia
Leopoldo López lamentó la falta
de coordinación con la policía municipal. Los efectivos de la FAN
declarados en desobediencia civil creen que se trató de una cortina de
humo para desviar la atención sobre el referéndum revocatorio
DAVID GONZÁLEZ
Fotos AP
Javier Moreno fue el único herido por arma de fuego
El Gobierno aseguró que la Disip fue atacada desde la plaza mientras realizaba labores de inteligencia
La coincidencia despertó sospechas entre los soldados disidentes de la plaza Francia de Altamira.
No había concluido la cadena
nacional de radio y televisión sobre los logros del plan de
alfabetización Misión Robinson cuando –a las 11:00 pm– de un automóvil
Honda Civic y de una camioneta Gran Cherokee que se estacionó en la
avenida San Juan Bosco bajaron tres hombres vestidos de civil.
Según los militares que se
mantienen en la plaza en situación de desobediencia, los extraños –luego
se supo que eran agentes de la Disip– apuraron el paso e irrumpieron en
un área de seguridad cuyo acceso está restringido para el público. Dos
de los hombres –refieren los soldados – llevaban pistolas y el otro
tenía una subametralladora HK.
Los desconocidos, de inmediato,
sometieron a Jorge Rojas, de 30 años de edad. Se trata de un antiguo
vigilante de locales nocturnos que se integró a la protesta de Altamira
como voluntario.
Dentro de la plaza lo conocen con los alias de “el Perro” o “el Vikingo”.
“Intentó evitar la entrada de esas personas y por ello lo golpearon y lo subieron a la camioneta.
Un tipo fornido y moreno lo
tenía ahorcado. El grandulón, igual que los otros dos individuos, tenía
acento cubano”, explicó Ronald Theis, cabo primero de la Armada.
Ruido de balas
Los acontecimientos obligaron a
activar los dispositivos de seguridad cívico–militares de las personas
que pernoctan en la plaza Francia. Primero hubo un choque cuerpo a
cuerpo. Alrededor de 40 hombres y mujeres rodearon el vehículo rústico y
alcanzaron a romperle los parabrisas.
Fue entonces –afirmaron los
militares– cuando comenzaron a sonar los disparos. “Para dispersar a la
gente los sujetos accionaron sus armas al aire y al piso de una manera
irresponsable”, relataron los cabos José Silva, de la Guardia Nacional, y
Edwin Salas, de la Armada, hermano de Ángel Salas, soldado disidente
asesinado el 16 de febrero.
“Abrí la puerta de la camioneta y
el chofer me preguntó: ¿Qué vas a hacer? Entonces tomó la ametralladora
y disparó al aire. Yo le pregunté:
¿Por qué no me enfrentas como un
hombre? Entonces soltó otra ráfaga”, relató Theis. Para el momento de
los disparos ya habían llegado otros seis vehículos no identificados que
apoyaban la operación de captura de Rojas. Tenían bajo control los
cuatro puntos cardinales del llamado “territorio liberado”.
Los tiros, desde luego, llamaron
la atención de la Policía Municipal de Chacao, que activó un
procedimiento. “Cuando llegaron los primeros funcionarios, ninguno de
los civiles armados se había acreditado como miembro de un cuerpo de
seguridad del Estado. Estaban en presencia de un secuestro y los
policías sólo intentaban evitarlo. Desde la camioneta dispararon contra
ellos y los agentes sencillamente respondieron al fuego”, declaró el
alcalde Leopoldo López.
Contra los neumáticos
Los funcionarios –aclararon fuentes de Polichacao– dispararon contra los cauchos de la camioneta para evitar que arrancara.
Ésta, sin embargo, fue echada a andar a máxima velocidad.
Desde un automóvil que escoltaba al rústico, otro individuo volvió a hacer disparos para intimidar.
“Fue una operación irresponsable
sin coordinación con las autoridades de Chacao”, añadió López. Por
fortuna, sólo hubo un herido de bala: Javier Moreno, soldado de la 42
Brigada de Paracaidistas de Maracay, lesionado en la mano derecha.
La camioneta volcó en las
adyacencias de la Embajada de Canadá. Rojas fue pasado a otro auto de la
Disip. Fue entonces cuando 12 unidades de ese cuerpo de seguridad,
aparecieron en el área e hicieron un celoso cerco alrededor del
vehículo. Más de 60 funcionarios –calcularon militares y voceros de la
alcaldía– se desplegaron en el sitio y cubrieron los alrededores de la
plaza Francia.
López se trasladó al sitio para
informarse de lo que ocurría. Un hombre sin uniforme le apuntó con una
subametralladora: “Yo le dije que era la primera autoridad civil de
Chacao. Él me respondió que el control estaba en sus manos porque tenían
las armas”, recordó el alcalde. El rústico fue remolcado hasta la sede
de la policía política: “¿Por qué no aguardaron a que se realizaran las
experticias para aclarar lo sucedido?”, se preguntó López.
Leonardo Díaz Paruta, director
de Polichacao, informó que Bernardo Ovierno, fiscal de guardia el
viernes en la noche, inició las averiguaciones del caso. Comisiones de
la División contra Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas,
Penales y Criminalísticas se presentaron en el sitio de los
acontecimientos en la madrugada del sábado.
Los militares disidentes dijeron que hubo más de 30 detonaciones de armas de distinto calibre.
Y recogieron en el sitio del
suceso evidencias “para evitar su manipulación”. “El procedimiento del
viernes fue una cortina de humo para distraer la atención de la
ciudadanía del objetivo del referéndum revocatorio, así como lo fue la
bomba que ellos mismos se lanzaron en Miraflores”, aseveró Silva.
“Capturado en flagrancia”
El general Dany Azuaje, director
de Coordinación Policial del Ministerio del Interior y Justicia,
ofreció en rueda de prensa la versión oficial sobre el incidente
ocurrido en Altamira. Aseguró que comisiones de la Disip que realizaban
labores de inteligencia en la zona fueron atacadas a tiros por Jorge
Rojas, la persona detenida el viernes en la noche.
Según el funcionario, esa fue la
circunstancia que obligó a los efectivos del cuerpo de inteligencia a
realizar un procedimiento para aprehender al agresor, quien
presuntamente se ocultó en la plaza Francia. Informó que a Rojas se le
decomisó una pistola 9 milímetros con los seriales devastados. Dijo que
la Fiscalía inició una averiguación penal contra el ciudadano “capturado
en flagrancia”. Fuentes de la Disip ratificaron la versión.
El general explicó que la
camioneta que volcó será sometida a las experticias técnicas necesarias
para aclarar lo sucedido. Atribuyó el accidente a los disparos que
efectuaron contra el vehículo funcionarios de Polichacao, quienes, según
dijo, “obstaculizaron el procedimiento de detención”. “La Disip puede
actuar en cualquier parte del territorio nacional y no tiene por qué
informar de sus operaciones”, añadió.
En una entrevista telefónica
antes de la rueda de prensa, Azuaje ofreció una versión distinta de los
hechos. Aseguró que los funcionarios del cuerpo de seguridad del Estado
habían avistado en las adyacencias de la plaza Francia a un individuo a
quien intentaban aprehender. En esa declaración inicial, el general, sin
embargo, admitió que no conocía los detalles del procedimiento que
realizó la Disip en Chacao.
Ni Azuaje ni voceros del
organismo de inteligencia accedieron a comentar si a Rojas se le
relaciona con la explosión ocurrida en el Regimiento de la Guardia de
Honor en la madrugada del viernes.
DAVID GONZÁLEZ
Los hechos relatados por Jorge Rojas
Mi nombre es Jorge Rojas Riera,
venezolano, C.I. 11.307.974, y lo que les escribo a continuacion es mi
testimonio sobre el secuestro, torturas y proceso judicial arbitrario
del cual todavia hoy soy victima.
El dia 19 de Septiembre del año
2003 me encontraba en la Plaza Francia de Altamira (en la cual yo
cumplia funciones de voluntario apoyando a los Oficiales de la Fuerza
Armada Nacional declarados en Desobediencia Legitima desde el 22 de
Octubre del año 2002), cuando alrededor de las 11.30 de la noche
ingresan un grupo de personas vestidas de civil y portando armas largas y
sin identificacion, sin mediar motivo alguno, procedieron a detenerme
ilegalmente, utilizando para ello la intimidacion, apuntandome con sus
armas y luego me propinaron una descarga electrica haciendo uso de un
aparato portatil, inmediatamente, estando yo desmayado, me propinan
golpes, patadas. En ese momento mis compañeros de la Plaza Francia,
desarmados, tratan de frustrar el secuestro del cual yo estaba siendo
victima, y son repelidos mediante el uso de armas largas, fui utilizado
como escudo humano, en ese momento se hacen presente en el sitio
funcionarios de la Policia Municipal de Chacao, debidamente
identificados, y tambien ellos son repelidos violentamente por estas
personas, quiero recalcar, no identificadas y portando armas largas.
Luego soy introducido en una
camioneta marca Jeep, modelo Cherokee, color verde sin placas y esta
camioneta, al emprender la huida, se voltea aparatosamente luego de
recorrer unos 100 metros, la personas que me mantenian secuestrado
comienzan a disparar y a transmitir por radio portatil y luego de unos
momentos llegan unidades identificadas de la D.I.S.I.P. , las cuales
proceden a acordonar el sitio del volcamiento, me introducen en un
vehiculo marca Nissan, modelo Terrano, color azul de la D.I.S.I.P., me
golpean con la cacha de un arma larga en dos oportunidades en la parte
izquierda de la cabeza, me propinaron patadas y golpes y me trasladan
hacia el Helicoide, sede de la D.I.S.I.P., me bajan en un sitio ubicado
en la cupula de dicho recinto a punta de pistolas y golpes, soy
conducido a traves de una puerta metalica de color negro hacia un sitio
cerrado, y entonces, alli, comienza el interrogatorio, comienza la
tortura, soy golpeado nuevamente, patadas, golpes en la espalda y el
torax, me colocan bolsas plasticas para provocarme asfixia, me apuntan
con armas y disparan cerca de mi para asustarme, y luego, con las manos
esposadas por detrás de la espalda me guindan con una cuerda elevandome
los pies del piso y manteniendome suspendido en el aire, seguian con el
interrogatorio, hasta que el hombro izquierdo que tenia lesionado con
anterioridad, cedio y se me dislocó esa articulacion, en ese momento
finalizo el interrogatorio, el cual duro aproximadamente unas 5 horas,
el cual estuvo basado en dos temas:
1.- Informacion sobre la
explosion en el Palacio Presidencial de Miraflores, hecho acaecido 20
horas antes de mi secuestro y que luego se comprobo que sucedió por
manipulacion indebida de explosivos por parte de miembros de la Casa
Militar.
2.- Informacion sobre cuatro
Oficiales Disidentes de la Plaza Francia de Altamira: General Ejercito
Jose Felix Ruiz Guzman, Coronel Ejercito Julio Rodriguez Salas, Coronel
Aviacion Sammy Landaeta Millan y el General Ejercito Nestor Gonzalez Gonzalez.
En el transcurso del
interrogatorio, me robaron estas personas mis pertenencias personales (
telefono celular, agenda, chaqueta, zapatos, reloj, cedula de
identidad,etc) y hasta la fecha ninguna ha aparecido.
Al dia siguiente soy trasladado a
los tribunales y en la audiencia, la juez 50 de control suplente Maria
Esther Guia (luego sacada del caso), a solicitud de la fiscal 5 nacional
Thersly Malave (luego sacada del caso y posteriormente destituida del
Ministerio Publico) ordeno, en vista de mi estado fisico, la realizacion
de examenes medico forenses para constatar mis lesiones y la medida
cautelar de casa por carcel custodiado por la Policia Metropolitana, de
quienes no tengo queja alguna. Luego de 20 dias (un dia antes de
vencerse el plazo de tiempo para formalizar la acusacion fiscal) se hace
presente en mi casa una comision de la D.I.S.I.P. integrada por los
mismos funcionarios que me habian secuestrado, con una orden del
tribunal 50 de control firmada por otra juez, Belkis Cedeño
(posteriormente ascendida a magistrada de la corte de apelaciones y
actualmente presidenta del Circuito Judicial Penal de Caracas ) y
acompañados de un fiscal distinto, Yoraco Bauza, revocando la medida
dictada con anterioridad y ordenando mi encarcelamiento en la sede de la
D.I.S.I.P., donde permaneci por espacio de casi 4 meses sin tener
contacto con la luz solar, en una celda de 2 x 2 Mts., con iluminacion
de tubos de neon de luz blanca las 24 horas del dia.
- Otras reseñas
Venezuela Chavez's uses Cubans to arrest dissidents in messy arrest
In a really messy arrest, the
Chavez political police with suspicious Cuban accents attempted to
arrest dissidents (footnotes 1 and 2). In the confusion one of the
political police's vehicles crashes and one of the people arrested,
although with bullet wound, gets away. The other person arrested Jorge
Roja Riera (The Viking) has not yet been located among government
prisoners.
Footnote 1 from eluniversal.com
(10:10 AM) Disip interviene Plaza Francia: Un arresto y un herido
Caracas.- Aproximadamente a las
11 de la noche del día de ayer viernes, la Plaza Francia de Altamira,
que ha servido de bastión de militares rebeldes, fue intervenida por un
comando de la Disip que accionó armas contra los presentes, hiriendo a
uno de los sublevados, soldado Javier Moreno con impacto de bala en el
brazo, y arrestando a un voluntario, de nombre Jorge Rojas Riera, cuyo
paradero se desconoce. Uno de los testigos reportó a Globovisión que se
presentaron catorce patrullas identificadas de ese cuerpo y ocho sin
identificar, y unos tres hombres "fuertemente armados, con acento
cubano" y "comenzaron a disparar".
Los civiles presentes
emprendieron contra una de las camionetas intentando ayudar los
militares que se encontraban en la Plaza Francia de Altamira. Una de las
patrullas de la Disip se da a la fuga y sufre un volcamiento en medio
de la confusa acción de anoche.
Footnote 2 from el-nacional.com
López reconoció tiroteo entre Polichacao y efectivos sin identificar
Tres heridos en operativo de la Disip en Altamira. Poco antes de la medianoche de este viernes, varios funcionarios de la
Disip
se presentaron en las inmediaciones de la plaza Francia para detener,
presuntamente, a soldados disidentes. Durante el operativo los efectivos
no identificados se enfrentaron a la Policía de Chacao y, en su huída,
una camioneta Jeep Cherokee se volcó en la avenida Don Bosco.En el
incidente resultaron heridos los dos supuestos funcionarios que estaban
en la camioneta y el soldado Félix Moreno, quien logró evadir la
detención con un tiro en una mano. En la aparatosa operación fue
detenido Jorge Rojas "El Vikingo", miembro del equipo de seguridad de la
plaza Francia.
18th October 2003 18:51
Disip liberó a joven detenido el pasado sábado durante los sucesos de la plaza Altamira
Uno de los militares disidentes
de la Plaza Altamira informó que Jorge Rojas Riera, detenido por la
Disip el pasado sábado en la madrugada, fue liberado por una juez al
recibir el beneficio de una medida sustitutiva. Según se conoció, Rojas
fue golpeado por los efectivos policiales, por lo que se realizará los
exámenes médicos para acudir, posteriormente, a la Defensoría del
Pueblo.
De igual manera, señalaron que
la Disip lo arrestó y trató de acusarlo con la manipulación de
evidencias, como colocarle un arma en la mano derecha, cuando Rojas es
zurdo.
Aseguraron que Jorge Rojas es
una persona sana que colabora en la vigilancia de la Plaza Altamira y se
encontraba con otras 15 personas, al menos, en ese lugar en el momento
de la explosión en el Palacio Blanco.
21/9/2003 2:10:01 PM
La justicia revolucionaria
4/08/2004
Ayer 3 de Agosto vimos otra
muestra mas de la Justicia Revolucionaria, ensucian su nombre y condenan
a un inocente, ayer después de casi un año de arbitrariedades
judiciales dictan sentencia en otro de los teatros montados por el
gobierno. En un juicio bufo, con un sin fin de falsas pruebas, este
asqueroso y arrastrado poder judicial hizo justicia revolucionaria.
No soy dado a meter las manos en
le fuego por nadie, pero las injusticias hay que hacerles frente, Jorge
Rojas, no disparó contra la DISIP , Jorge no portaba armas, Jorge Rojas
cometió el mas grave de los delitos de hoy, luchar por su país.
Uno de los datos mas tristes de
todo este asunto es el modo en que los medios lo registran, (artículo el
cual les anexo), no solo lo señalan como culpable y no relatan nada de
lo sucedido la noche del 13 de Septiembre en Altamira, son tan mediocres
que ni el nombre lo escriben correctamente, lo que siento y me impulsa a
escribir esto no es sangrar por la herida, lo que siento y me preocupa
es el futuro, es la hipocresía y la cobardía que campea en mi país
MAGISTRADO PONENTE Dr. HÉCTOR CORONADO FLORES
La Sala N° 8 de la Corte de
Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas, integrada por los Jueces María del
Carmen Montero (ponente), Leonardo Parra Useche y Juan Carlos Goitia
Gómez, en fecha 15 de octubre de 2004, declaró inadmisible el recurso de
apelación propuesto por el abogado Rigoberto Quintero Azuaje, en su
carácter de defensor privado del acusado, contra la decisión del Juzgado
Mixto Décimo Octavo de Primera Instancia, en Función de Juicio, del
mismo Circuito Judicial Penal que, condenó al acusado JORGE ROJAS RIERA,
a cumplir la pena de cuatro (4) años, seis (6) meses y quince (15) días
de prisión, por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE
GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 275 del Código Penal, en
relación con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos;
INTIMIDACIÓN PÚBLICA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y
sancionados en el único aparte del artículo 297 y 219 eiusdem,
respectivamente. Contra la decisión de la Corte de Apelaciones propuso
recurso de casación el abogado Rigoberto Quintero Azuaje, en su carácter
de defensor privado del acusado.
Vencido el lapso para la
contestación del recurso sin que la misma hubiera tenido lugar, por
parte del representante del Ministerio Público, fue remitido el
expediente al Tribunal Supremo de Justicia.
En fecha 07 de diciembre de
2004, se recibieron las actuaciones en este Tribunal Supremo de
Justicia, se dio cuenta en Sala de Casación Penal y se designó ponente
al Magistrado Doctor Julio Elías Mayaudón Grau. En virtud del
nombramiento en fecha 13 de diciembre de 2004, por parte de la Asamblea
Nacional de los Magistrados principales y suplentes de este alto
Tribunal, correspondió la presente ponencia el Magistrado Doctor Héctor
Manuel Coronado Flores, quien con tal carácter la suscribe.
Cumplidos los trámites
procedimentales del caso, la Sala pasa a pronunciarse acerca de la
admisibilidad o desestimación del recurso, lo cual hace en los términos
siguientes:
DE LOS HECHOS
Los hechos expuestos por los
Fiscales Nacionales con Competencia en Salvaguarda, Seguros, y Mercadeo
de Capitales, Décimo del Área Metropolitana de Caracas y Septuagésimo
Segundo Auxiliar del Área Metropolitana de Caracas, en su escrito
contentivo de la acusación, son los siguientes:
En fecha 19 de septiembre de
2003, fue aprehendido el ciudadano JORGE ROJAS RIERA por funcionarios
adscritos a la Dirección General de los Servicios “DISIP ”, luego de
disparar repetidas veces contra una comisión de este cuerpo policial que
se desplazaba por la avenida San Juan Bosco, a la altura de la Plaza
Francia de Altamira, en una unidad radio patrullera “Terrano”, de color
azul, identificada con las siglas del referido organismo policial y en
otra unidad no identificada marca Jeep, modelo “Cherokee”, de color
verde. Luego de guardar el arma, el imputado pretendió esconderse en las
inmediaciones de la mencionada plaza, lo que trajo consigo una
situación de terror público, por cuanto en ese lugar se encontraban
presentes varios ciudadanos, quienes al obeservar los disparos,
intentaron resguardar sus vidas, generando una situación de escándalo
público, a través de la utilización de alta voces, ubicados en esa
plaza.
Al acusado se le incautó, en la
pretina del pantalón, una pistola 9 milímetros, marca “Keltel”, con los
seriales desvastados, no teniendo permisología de ningún tipo para
portarla.
Los representantes del
Ministerio Público acusaron formalmente al ciudadano JORGE ROJAS RIERA
por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA,
previsto y sancionado en el artículo 275 del Código Penal, en relación
con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, el cual, a
criterio del recurrente “es un delito de mera actividad y se consuma con
el solo (sic) hecho de portar un arma de guerra sin ningún tipo de
permisología expedida por el órgano competente para autorizar su
porte…”; INTIMIDACIÓN PÚBLICA, previsto y sancionado en el artículo 297,
único aparte, del Código Penal, delito sobre el cual alega el
impugnante “…este supuesto típico lo encontramos plenamente demostrado
por cuanto este ciudadano accionó un rama de fuego con la intención de
causar un desorden público, ya que es muy bien conocido por este (sic)
quien vive en la Plaza Francia de Altamira que su acción iba a
desencadenar un escándalo público y terror público, de acuerdo a las
circunstancia espacialísimas que envuelven al sitio de los
acontecimientos…”; y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado
en el artículo 219 del Código Penal, por cuanto, expresa el
representante de la vindicta pública: “…este ciudadano luego de su
acción delictiva pretendió huir del sitio oponiéndose a ser arrestado
por los funcionarios policiales, agrediéndolos cuando pretendieron
ejecutar su aprehensión…”
En fecha 09 de agosto de Juzgado
Mixto Décimo Octavo de Primera Instancia, en Función de Juicio del
Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, condenó al
ciudadano JORGE ROJAS RIERA, a cumplir la pena de cuatro (4) años, seis
(6) meses y quince (15) días de prisión, por la comisión de los delitos
Porte Ilícito de Arma de Guerra, Intimidación Pública y Resistencia a la
Autoridad, con voto salvado del escabino Carmelo Miguel Millán
Figueroa.
Tanto la representación fiscal,
como la defensa, interpusieron recurso de apelación, en contra de la
decisión del Juzgado de Juicio.
La Sala N° 8 de la Corte de
Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas, con ponencia de la Juez Martha
Mijares Torrealba, declaró inadmisible el recurso de apelación propuesto
por la defensa “…por no estar fundado, como lo impone el primer aparte
del artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal (…), se decreta en
virtud del principio de congruencia que rigen las normas que regulan la
materia recursiva”
En fecha 15 de octubre de 2004,
la citada Corte de Apelaciones, declaró sin lugar el recurso de
apelación interpuesto por la Representación Fiscal y modifico de oficio
la sentencia apelada, en cuanto a la calificación jurídica en lo que
respecta al delito de Porte Ilícito de Arma de Guerra y condenó al
acusado JORGE ROJAS RIERA, a cumplir la pena de cuatro (4) años, seis
(6) meses y quince (15) días de prisión, por la comisión de los delitos
de INTIMIDACIÓN PÚBLICA, PORTE ILÍCITO DE ARMA y RESISTENCIA A LA
AUTORIDAD, previstos y sancionados en el único aparte del artículo 297
del Código Penal, 278 y 279 eiusdem, respectivamente.
La Sala para decidir observa:
En atención a lo dispuesto en
los artículos 257 de la Constitución y 18 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Justicia, en aras de garantizar la tutela judicial
efectiva de los derechos e intereses de las partes, la Sala, antes de
conocer del recurso de casación propuesto, ha revisado las actas
procesales y observa que la Corte de Apelaciones incurrió en un vicio de
carácter procesal que atenta contra principios y garantías
constitucionales del acusado. A tal efecto, pasa a pronunciarse en los
términos siguientes:
La Sala N° 8 de la Corte de
Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas, en la oportunidad legal de
pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de apelación propuesto
por la defensa, en fecha 24 de septiembre de 2004, expresó lo siguiente:
“…observa la Sala, que el
apelante lo que hace en un análisis muy personal del porqué en su
criterio las pruebas no bastaban para condenar a su Defendido, pero él
no indica de manera precisa y por separado, tal como lo establece el
artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, cada una de sus
denuncias y la solución que pretende, al punto que simplemente alega en
el encabezado de sus recurso denunciar de conformidad con los numerales 2
y 3 del articulo 452 Ejusdem, más sin embargo, no expresa a Sala en
cual (sic) de los tantos supuestos que contienen los citados numerales
(…), encuadra su impugnación, cómo influyeron éstos en el dispositivo
del fallo y las resultas que persigue de ser declarada con lugar su
impugnación, siéndole imposible a esta Alzada suplir tal omisión, por
cuanto ello se traduciría en violación al principio de Igualdad entre
las Partes y violación del Derecho a la Defensa del Ministerio Público,
quien por razones obvias estaría imposibilitado de dar contestación a lo
que acordara la Sala.
En consecuencia, por las razones
antes expuestas lo procedente es declarar Inadmisible el recurso
interpuesto, por no estar fundado, como lo impone el primer aparte
artículo 453 del Código Orgánico Procesal, a pesar que esta
circunstancia no está señalada expresamente en el artículo 437 Ejusdem,
como causal de inadmisibilidad, pero que se decreta en virtud del
principio de congruencia que rige las normas que regulan la materia
recursiva. Así se Decide.” (Sic)
Según lo dispuesto en el
artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, las Cortes de
Apelaciones sólo podrán declarar inadmisible el recurso de apelación por
las causales taxativas indicadas en dicha norma, a saber: por
ilegitimidad de las partes, por ser extemporáneo y, cuando la decisión
objeto del recurso sea inimpugnable o irrecurrible por expresa
disposición legal. Fuera de estos casos, la Corte de Apelaciones deberá
conocer el fondo del recurso y dictará la decisión que corresponda.
En el presente caso, al no
concurrir ninguna de las causales previstas en el artículo 437 ibídem,
la Corte de Apelaciones estaba en la obligación de conocer del fondo del
asunto planteado en el recurso.
En tal sentido, ha expresado la
Sala en otras oportunidades, que cuando se interpone el recurso de
apelación debe hacerse una revisión previa del escrito y sin ir al fondo
del asunto planteado, debe pronunciarse sobre la admisibilidad o
inadmisibilidad de conformidad con el referido artículo, debiendo
entenderse, entonces, que no hay cabida a la desestimación del recurso,
por manifiestamente infundado en la Corte de Apelaciones.
Por otra parte, la Corte de
Apelaciones, vulneró el principio de la doble instancia, vale decir, el
derecho que tiene toda persona, en plena igualdad, a recurrir del fallo
ante un juzgado o tribunal superior, así como incurrió en violación de
la tutela judicial efectiva consagrada en los artículos 26 y 49, numeral
1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; al
debido proceso; al derecho a ser oído y a obtener oportuna respuesta.
Ante el vicio en el cual
incurrió la Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial
Penal del Área Metropolitana de Caracas, es procedente declarar la
nulidad del fallo impugnado. Así se declara.
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas,
este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal,
administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la
ley, anula de oficio, el fallo dictado por la Sala N° 8 de la Corte de
Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de
Caracas y ordena la remisión del expediente al Presidente del Circuito
Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines que distribuya
el expediente a una Corte de Apelaciones distinta, que conozca del
recurso de apelación propuesto.
Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Dada, firmada y sellada en el
Salón de Audiencias del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de
Casación Penal, en Caracas, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo
de 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
El Magistrado Presidente (E),
HÉCTOR CORONADO FLORES
Ponente
El Magistrado Vicepresidente (E),
ALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
Las Magistradas,
BLANCA ROSA MÁRMOL de LEÓN
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS
La Secretaria de la Sala,
GLADYS HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
HMCF/mj
Exp. Nº 2004-0577