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lunes, 28 de marzo de 2011

El caso de Jorge Rojas. Recopilación


 

 

Gracias a Martha Colmenares 

 http://grupo11prohibidoolvidar.blogspot.com/2010/06/el-caso-de-jorge-rojas-recopilacion.html

 (Por razones que desconozco, el blog original que alojaba este link ha sido eliminado)

 

Preciso ¡Prohibido Olvidar! lo que le ocurrió hace unos años a este venezolano, Jorge Rojas,  compañero de luchas y siempre presente  para brindar solidaridad a los presos políticos y a la causa de la exigencia de la justicia. Jorge Rojas Riera, secuestrado por el organismo de seguridad D.I.S.I.P (ahora SEBIN), en la Plaza Francia de Altamira el 19 de Septiembre del 2003, torturado en la sede del Helicoide y luego sometido a proceso penal infundado y plagado de irregularidades, de pruebas falsas y mentiras inventadas por funcionarios del organismo de seguridad, y apoyadas por la actitud complaciente de los fiscales del Ministerio Publico, resumen su caso según lo que el expresa.
Además, condenado y bajo régimen de presentación periódica ante un tribunal por los delitos de porte ilícito de arma de fuego, intimidación publica y resistencia a la autoridad, cuando el nunca disparo porque o tenia arma alguna y de esos hechos hay testigos, según él ha denunciado, resumen lo ocurrido.
4 años, 6 meses 15 días, más 1 año en Régimen de Prueba, sentencia cumplida el 12 de junio de 2009. No llegó a ser liberado, la jueza 50 de control suplente María Esther Guía le otorgó medida cautelar de casa por cárcel, y la Fiscal actúante, Theresly Malavé estuvo de acuerdo. Luego de ello la jueza titular Belkys Cedeno ordenó su reclusión a instancias de los nuevos fiscales designados para mí caso, Yoraco Bauza y Jose Benigno Rojas. Estuvo detenido desde el 10 de octubre de 2003 hasta el 29 de enero de 2004 cuando le dieron casa por cárcel
Sigue el reportaje






En la primera foto Jorge Rojas, luego el abogado Rigoberto Quintero y portada de El Nacional el  21 de septiembre 2003.


Cabe destacar que Venezuela Awareness Foundation estuvo a cargo de su representación ante instancias internacionales hasta octubre 2009. Actualmente FUNDEPRO (Fundación para el debido proceso) es la institución que lleva el caso de Jorge Rojas, cuyas palabras para esta institución son de agradecimiento y complacencia por el trabajo realizado en busca de justicia. 



Jorge Rojas me cuenta que su madre acudió a la Comision de DDHH de la Coordinadora Democratica en el año 2004, en febrero, “la atendió el "Sr" Rafael Narvaez, cuando ella le plantea mi caso, la respuesta de ese señor fue "si estaba con los militares, que lo ayuden ellos, yo no me meto"... puedes decir que no confio en politicos "defensores de DDHH" por esa experiencia, Delsa Solorzano trabajaba en aquel entonces con Narváez”. Como me expresa además, “por conocer a los actores políticos no quise nunca que se metieran en mi caso para que no manipularan y menos aun hicieran piso político con el sufrimiento que me toco vivir”
  • Recuento de las reseñas

VIOLENCIA POLITICA / A tiros capturaron a colaborador de plaza Francia
Disip actuó de incógnito en Chacao


Vecinos y soldados disidentes repelieron la acción comando ocurrida a las once de la noche
GUSTAVO RODRIGUEZ
Caracas, domingo 21 de septiembre, 2003. Versuón impresa
EL UNIVERSAL Funcionarios de la Policía Municipal de Chacao se enfrentaron a tiros contra agentes de la Disip y presuntos miembros del G2 cubano, en un extraño procedimiento que se desarrolló en las inmediaciones de la plaza de Altamira.

Pasadas las once de la noche, justo cuando el presidente Hugo Chávez iniciaba una cadena para mostrar los avances del llamado Plan Robinson, llegaron los funcionarios vestidos de civil y sin ningún tipo de identificación para capturar a la fuerza a dos disidentes. En la plaza y a través de los altavoces, alertaron sobre un secuestro en proceso y de inmediato se inició el plan de respuesta.

Seis soldados disidentes que se encontraban en la zona pretendieron impedir que se ejecutara el plagio. Los vecinos comenzaron a tocar cacerolas y lanzarles objetos a los supuestos antisociales. Por la fuerza arrastraron hasta una camioneta Jeep Cherokee al colaborador Jorge Rojas Pereira. Segundos más tarde llegaron las comisiones de Polichacao, las cuales fueron recibidas a tiros.

Los soldados disidentes José Luis Silva, Edwin Salas y Ronald Theis relataron que los secuestradores en ningún momento mostraron orden de detención ni otro oficio. Explicaron que los desconocidos hablaban con evidente acento cubano, por ello aseguran que son miembros de la policía política del régimen cubano.

El soldado Javier Félix Romero recibió un disparo en la mano izquierda. Explicaron que mientras el presidente Chávez hablaba en cadena de radio y televisión, los antisociales ocuparon las adyacencias de la plaza Francia. Cada una de las salidas y accesos de la plaza fueron sitiadas por vehículos particulares. Los desconocidos sólo mostraban sus pistolas y armas largas.

Cuando emprendían la huida colisionó un vehículo Jeep Cherokee a la altura de la Torre Británica. Los heridos fueron trasladados a otro vehículo y continuaron la marcha.

El siniestro obligó a que llamaran refuerzos, y que luego los desconocidos se identificaran como agentes de la Disip.

Agentes de Polichacao fueron amenazados de muerte e incluso el alcalde Leopoldo López fue sometido con armas largas cuando pretendió exigir una explicación. Los agentes que hablaban con acento cubano fueron evacuados del lugar al igual que el vehículo colisionado, sin que autoridad alguna iniciara el procedimiento de rutina para establecer responsabilidades.

Los testigos aseguraron que el procedimiento tardó sólo diez minutos. Contabilizaron 12 unidades de color amarillo y otras ocho Nissan, modelo Terrano, donadas por el Gobierno español a través del Proyecto España a la Policía Metropolitana. Aunque extraoficialmente se sospecha que el joven se encuentra en algún despacho policial, oficialmente permanece secuestrado.

Al sitio no llegó ningún fiscal del Ministerio Público ni del Cicpc.

López: Borraron las evidencias
El alcalde de Chacao, Leopoldo López, lamentó que sus funcionarios tuviesen que enfrentar a personas que sin identificación alguna pretendieron llevarse a un joven de la plaza de Altamira.

El mandatario local aseguró que para los uniformados se trataba de unos delincuentes que obraban sin ningún tipo de coordinación policial. El director de Polichacao, Leonardo Díaz Paruta, se mostró sorprendido, porque tras aclararse la situación, la Disip borró todas las evidencias que permitirían establecer responsabilidades, e incluso se llevó el automóvil siniestrado y a los funcionarios heridos. Recordó que la primera reacción de los funcionarios fue estar en presencia de un secuestro en progreso, pero después se percataron de que se trataba de una acción encubierta._GR

Sospechan de una manipulación indebida
Bomba de Miraflores sólo fue un accidente

Las primeras pesquisas relacionadas con la explosión ocurrida en el interior de lasinstalaciones de la Casa Militar, dan cuenta de que se trató de un accidente por manipulación indebida de explosivos.

Los técnicos que acudieron al lugar del suceso establecieron que resultaría casi imposible que una persona pudiera arrojar un explosivo desde la calle sin que los custodios se percataran. Los investigadores admitieron que en el interior del Palacio Blanco se encuentran las unidades mejor entrenadas en el área de seguridad, y que extrañamente unas personas desconocidas ingresaran al perímetro conocido como zona de exclusión para arrojar una bomba sin ser detectados por nadie.

De acuerdo con lo observado por los especialistas en el estacionamiento de la Casa Militar, los daños fueron menores. Sólo tres tanquetas y dos autobuses quedaron parcialmente afectados. Trascendió que después de la explosión no se disparó el dispositivo de seguridad para tratar de capturar a los supuestos responsables.

A los bomberos metropolitanos no se les permitió ingresar al sitio del suceso. A las dos de la madrugada salió a la calle una cuadrilla de soldados con instrucciones de barrer todos los cristales que cayeron al pavimento y en consecuencia borrar las posibles evidencias. Ninguna autoridad ha explicado los detalles de la explosión, que incluso pudo haberse generado por ignición espontánea. Los vecinos de la Parroquia Altagracia esperan que el Gobierno corra con los gastos que implica reparar todos los cristales fracturados por la detonación._GR
(Las anteriores reseñas también del 21 de septiembre 2003, edición impresa)

La policía política carecía de pruebas
Liberado civil detenido por la Disip en Altamira
El tribunal 50 de Control concedió una medida cautelar sustitutiva de libertad al joven Jorge Rojas Riera, quien fuera apresado a tiros por funcionarios de la Disip e imputado por la colocación de explosivos.

El abogado Rigoberto Quintero Azuaje, defensor del colaborador de plaza Altamira, denunció que su cliente fue brutalmente torturado y obligado a firmar un acta. Sin embargo, el tribunal comprobó que en ningún momento el imputado se batió a tiros con más agentes de la policía política.

El profesional del derecho dijo que solicitó que al joven se le efectuara un examen médico legal para que se dejara constancia que había sido sometido a vejámenes e incluso fue atacado con descargas eléctricas.

El general Danny Azuaje, jefe de Cooordinación Policial, y el presidente Hugo Chávez, aseguraron que el detenido fue atrapado de manera flagrante. Sin embargo, la Disip lo presentó a los tribunales de justicia casi doce horas después del hecho. "Si mi cliente le hubiese disparado a todos esos efectivos de la Disip, estaría ahora muerto. El sólo cargaba una linterna para pernoctar en la plaza Altamira", comentó.
(El Universal. 22 de septiembre 2010)

Published: Sunday, September 21, 2003
Bylined to: Roy S. Carson

Venezuelan Military Intelligence says overwhelming evidence the CIA planned to bring down Chavez Frias' airplane en route to United Nations in New York

Details behind the sudden decision to cancel President Hugo Chavez Frias' next-week trip to Washington D.C. and New York (to deliver a speech to the United Nations) are being revealed by security services who say they have "overwhelming evidence" of a CIA-backed plan to "bring down" the Chavez Frias' airplane during the scheduled flight to the United States from Caracas. Sources in Venezuela's Military Intelligence Directorate (DIM) have told VHeadline.com that "presented with overwhelming evidence of Washington's planned attack on the Presidential flight, it was decided that the President's personal security was preeminent and that he should not go!"

State Security & Political (DISIP) police agents were involved in a gun battle in Plaza Altamira Friday night as they moved to detain a suspect now named as Jorge Rojas Riera, for the Friday morning bombing at the Casa Militar barracks, across Avenida Urdaneta from the Miraflores Presidential Palace. It is reported that President Hugo Chavez Frias was working at his desk when the 1:00 a.m. blast went off but that his life had never been put in danger as many gleeful wire-service reporters had immediately cabled to their North American publishers.

Reports say that some 60 DISIP and National Guard (GN) officers were able to take the suspect into custody but only after a skirmish with opposition-controlled Chacao municipal police officers and gunmen identified as former army officers who had been dismissed the service after they participated in the April 11, 2002, coup d'etat. Police say Rojas Riera was detained after officers were forced to use an electronic stun gun to capture and 'cuff him. Little is known of the detainee other than that he has been identified having been employed at Plaza Altamira as a "security agent" by opposition organizers ... meanwhile he has told interrogators that he acted independently in the Friday morning's grenade attack.

Rebel army officer Felix Moreno was reportedly wounded in an exchange of gunfire. Chacao Mayor Leopoldo Lopez says part of the blame has to be laid on DISIP agents who did not identify themselves ... he says they arrived to Plaza Altamira just before midnight and were heavily armed but were not in uniform. "there was a lot of running-around and another gun-battle close to Torre Britanica (south of Avenida Francisco Miranda) in which a DISIP wagon was overturned.

Strong rumors are circulating today that the man arrested had earlier sought political asylum at the Dominican Republic embassy in Caracas but had been asked to return later.

El Nacional - Lunes 22 de Septiembre de 2003 B/17

Sucesos
Denuncian que torturaron a activista de la plaza Francia

El tribunal 50 de Control de Caracas le otorgó una medida cautelar a Jorge Rojas, quien permanecerá en su domicilio custodiado por funcionarios policiales.

El Cicpc continúa las averiguaciones
DAVID GONZÁLEZ
Foto ANTONIO RODRÍGUEZ
El abogado Rigoberto Quintero presentó la denuncia

Jorge Rojas, el voluntario de la plaza Francia de Altamira detenido por la Disip el viernes pasado, regresó a su domicilio.

Rigoberto Quintero, abogado del activista, denunció que Rojas fue sometido a torturas y a tratos degradantes por parte de los funcionarios del organismo de inteligencia. “Le golpearon en el rostro y le dieron patadas. También le apuntaron en la cabeza con armas y le disparaban con balas de salva”, explicó el representante legal.

Rojas fue señalado por el presidente Hugo Chávez como uno de los sospechosos involucrados en la colocación del artefacto explosivo que detonó en el servicio de transporte del Regimiento de la Guardia de Honor de Miraflores.

Quintero aseveró que su cliente no tuvo que ver con el atentado y que “el primer mandatario está mal informado”.

El Tribunal 50 de Control de Caracas le dictó a Jorge Rojas una medida cautelar de resguardo domiciliario con apostamiento policial. “Eso quiere decir que ni el fiscal del caso, ni el juzgado encontraron méritos suficientes para dejarlo preso y lo enviaron a su casa donde estará protegido”, manifestó el abogado.

Rojas, sin embargo, seguirá siendo investigado porque supuestamente “quebrantó el orden público” el viernes en la noche.

Por ello deberá presentarse regularmente ante los tribunales.

“Se trataría de un delito menor”, expresó Quintero, “como el de un borracho que dispara al aire.

Nada tiene que ver con la colocación de una bomba o con dispararle a las unidades de la Disip. Eso ratifica que no hallaron fundamentos para comprometerlo”.

Quintero afirmó que las estrictas medidas de seguridad que se aplican en las adyacencias de Miraflores hacen improbable que pueda lanzarse un artefacto explosivo impunemente. Agregó que su representado fue detenido irregularmente. “No portaba arma de fuego, sólo tenía una linterna en la mano. Tampoco disparó contra la Disip, como dijeron voceros del Ministerio del Interior y Justicia. Si lo hubiera hecho, seguramente lo habrían matado.

Sabemos que las personas que se enfrentan a las comisiones policiales tienen todas las de perder”, señaló el abogado.

Pese a que Rojas supuestamente fue capturado en flagrancia por cometer el delito de disparar contra las autoridades, fue trasladado a los tribunales 18 horas después de su detención.

Prosiguen averiguaciones

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas ha proseguido –por órdenes de la Fiscalía– con los interrogatorios del personal de guardia que estaba en la unidad militar para el momento de la explosión. Igualmente ha entrevistado a transeúntes que supuestamente se encontraban en la zona y a vecinos del lugar. Más de 30 personas –aseguraron fuentes de la policía – han declarado.

Uno de los aspectos que ha extrañado a los investigadores es cómo los individuos que supuestamente lanzaron la bomba burlaron los anillos de seguridad de Miraflores. La policía judicial asegura que cuenta con los elementos para avanzar en la identificación de las personas involucradas en la colocación del explosivo en el Regimiento de la Guardia de Honor.

El Nacional - Domingo 21 de Septiembre de 2003 B/23

Sucesos

Calificaron de irresponsable incursión de la Disip en plaza Francia

Leopoldo López lamentó la falta de coordinación con la policía municipal. Los efectivos de la FAN declarados en desobediencia civil creen que se trató de una cortina de humo para desviar la atención sobre el referéndum revocatorio

DAVID GONZÁLEZ
Fotos AP
Javier Moreno fue el único herido por arma de fuego
El Gobierno aseguró que la Disip fue atacada desde la plaza mientras realizaba labores de inteligencia

La coincidencia despertó sospechas entre los soldados disidentes de la plaza Francia de Altamira.

No había concluido la cadena nacional de radio y televisión sobre los logros del plan de alfabetización Misión Robinson cuando –a las 11:00 pm– de un automóvil Honda Civic y de una camioneta Gran Cherokee que se estacionó en la avenida San Juan Bosco bajaron tres hombres vestidos de civil.

Según los militares que se mantienen en la plaza en situación de desobediencia, los extraños –luego se supo que eran agentes de la Disip– apuraron el paso e irrumpieron en un área de seguridad cuyo acceso está restringido para el público. Dos de los hombres –refieren los soldados – llevaban pistolas y el otro tenía una subametralladora HK.

Los desconocidos, de inmediato, sometieron a Jorge Rojas, de 30 años de edad. Se trata de un antiguo vigilante de locales nocturnos que se integró a la protesta de Altamira como voluntario.
Dentro de la plaza lo conocen con los alias de “el Perro” o “el Vikingo”.

“Intentó evitar la entrada de esas personas y por ello lo golpearon y lo subieron a la camioneta.

Un tipo fornido y moreno lo tenía ahorcado. El grandulón, igual que los otros dos individuos, tenía acento cubano”, explicó Ronald Theis, cabo primero de la Armada.

Ruido de balas

Los acontecimientos obligaron a activar los dispositivos de seguridad cívico–militares de las personas que pernoctan en la plaza Francia. Primero hubo un choque cuerpo a cuerpo. Alrededor de 40 hombres y mujeres rodearon el vehículo rústico y alcanzaron a romperle los parabrisas.

Fue entonces –afirmaron los militares– cuando comenzaron a sonar los disparos. “Para dispersar a la gente los sujetos accionaron sus armas al aire y al piso de una manera irresponsable”, relataron los cabos José Silva, de la Guardia Nacional, y Edwin Salas, de la Armada, hermano de Ángel Salas, soldado disidente asesinado el 16 de febrero.

“Abrí la puerta de la camioneta y el chofer me preguntó: ¿Qué vas a hacer? Entonces tomó la ametralladora y disparó al aire. Yo le pregunté:

¿Por qué no me enfrentas como un hombre? Entonces soltó otra ráfaga”, relató Theis. Para el momento de los disparos ya habían llegado otros seis vehículos no identificados que apoyaban la operación de captura de Rojas. Tenían bajo control los cuatro puntos cardinales del llamado “territorio liberado”.

Los tiros, desde luego, llamaron la atención de la Policía Municipal de Chacao, que activó un procedimiento. “Cuando llegaron los primeros funcionarios, ninguno de los civiles armados se había acreditado como miembro de un cuerpo de seguridad del Estado. Estaban en presencia de un secuestro y los policías sólo intentaban evitarlo. Desde la camioneta dispararon contra ellos y los agentes sencillamente respondieron al fuego”, declaró el alcalde Leopoldo López.

Contra los neumáticos

Los funcionarios –aclararon fuentes de Polichacao– dispararon contra los cauchos de la camioneta para evitar que arrancara.

Ésta, sin embargo, fue echada a andar a máxima velocidad.

Desde un automóvil que escoltaba al rústico, otro individuo volvió a hacer disparos para intimidar.

“Fue una operación irresponsable sin coordinación con las autoridades de Chacao”, añadió López. Por fortuna, sólo hubo un herido de bala: Javier Moreno, soldado de la 42 Brigada de Paracaidistas de Maracay, lesionado en la mano derecha.

La camioneta volcó en las adyacencias de la Embajada de Canadá. Rojas fue pasado a otro auto de la Disip. Fue entonces cuando 12 unidades de ese cuerpo de seguridad, aparecieron en el área e hicieron un celoso cerco alrededor del vehículo. Más de 60 funcionarios –calcularon militares y voceros de la alcaldía– se desplegaron en el sitio y cubrieron los alrededores de la plaza Francia.

López se trasladó al sitio para informarse de lo que ocurría. Un hombre sin uniforme le apuntó con una subametralladora: “Yo le dije que era la primera autoridad civil de Chacao. Él me respondió que el control estaba en sus manos porque tenían las armas”, recordó el alcalde. El rústico fue remolcado hasta la sede de la policía política: “¿Por qué no aguardaron a que se realizaran las experticias para aclarar lo sucedido?”, se preguntó López.

Leonardo Díaz Paruta, director de Polichacao, informó que Bernardo Ovierno, fiscal de guardia el viernes en la noche, inició las averiguaciones del caso. Comisiones de la División contra Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas se presentaron en el sitio de los acontecimientos en la madrugada del sábado.

Los militares disidentes dijeron que hubo más de 30 detonaciones de armas de distinto calibre.

Y recogieron en el sitio del suceso evidencias “para evitar su manipulación”. “El procedimiento del viernes fue una cortina de humo para distraer la atención de la ciudadanía del objetivo del referéndum revocatorio, así como lo fue la bomba que ellos mismos se lanzaron en Miraflores”, aseveró Silva.

“Capturado en flagrancia”

El general Dany Azuaje, director de Coordinación Policial del Ministerio del Interior y Justicia, ofreció en rueda de prensa la versión oficial sobre el incidente ocurrido en Altamira. Aseguró que comisiones de la Disip que realizaban labores de inteligencia en la zona fueron atacadas a tiros por Jorge Rojas, la persona detenida el viernes en la noche.

Según el funcionario, esa fue la circunstancia que obligó a los efectivos del cuerpo de inteligencia a realizar un procedimiento para aprehender al agresor, quien presuntamente se ocultó en la plaza Francia. Informó que a Rojas se le decomisó una pistola 9 milímetros con los seriales devastados. Dijo que la Fiscalía inició una averiguación penal contra el ciudadano “capturado en flagrancia”. Fuentes de la Disip ratificaron la versión.

El general explicó que la camioneta que volcó será sometida a las experticias técnicas necesarias para aclarar lo sucedido. Atribuyó el accidente a los disparos que efectuaron contra el vehículo funcionarios de Polichacao, quienes, según dijo, “obstaculizaron el procedimiento de detención”. “La Disip puede actuar en cualquier parte del territorio nacional y no tiene por qué informar de sus operaciones”, añadió.

En una entrevista telefónica antes de la rueda de prensa, Azuaje ofreció una versión distinta de los hechos. Aseguró que los funcionarios del cuerpo de seguridad del Estado habían avistado en las adyacencias de la plaza Francia a un individuo a quien intentaban aprehender. En esa declaración inicial, el general, sin embargo, admitió que no conocía los detalles del procedimiento que realizó la Disip en Chacao.

Ni Azuaje ni voceros del organismo de inteligencia accedieron a comentar si a Rojas se le relaciona con la explosión ocurrida en el Regimiento de la Guardia de Honor en la madrugada del viernes.
DAVID GONZÁLEZ

Los hechos relatados por Jorge Rojas

Mi nombre es Jorge Rojas Riera, venezolano, C.I. 11.307.974, y lo que les escribo a continuacion es mi testimonio sobre el secuestro, torturas y proceso judicial arbitrario del cual todavia hoy soy victima.

El dia 19 de Septiembre del año 2003 me encontraba en la Plaza Francia de Altamira (en la cual yo cumplia funciones de voluntario apoyando a los Oficiales de la Fuerza Armada Nacional declarados en Desobediencia Legitima desde el 22 de Octubre del año 2002), cuando alrededor de las 11.30 de la noche ingresan un grupo de personas vestidas de civil y portando armas largas y sin identificacion, sin mediar motivo alguno, procedieron a detenerme ilegalmente, utilizando para ello la intimidacion, apuntandome con sus armas y luego me propinaron una descarga electrica haciendo uso de un aparato portatil, inmediatamente, estando yo desmayado, me propinan golpes, patadas. En ese momento mis compañeros de la Plaza Francia, desarmados, tratan de frustrar el secuestro del cual yo estaba siendo victima, y son repelidos mediante el uso de armas largas, fui utilizado como escudo humano, en ese momento se hacen presente en el sitio funcionarios de la Policia Municipal de Chacao, debidamente identificados, y tambien ellos son repelidos violentamente por estas personas, quiero recalcar, no identificadas y portando armas largas.

Luego soy introducido en una camioneta marca Jeep, modelo Cherokee, color verde sin placas y esta camioneta, al emprender la huida, se voltea aparatosamente luego de recorrer unos 100 metros, la personas que me mantenian secuestrado comienzan a disparar y a transmitir por radio portatil y luego de unos momentos llegan unidades identificadas de la D.I.S.I.P. , las cuales proceden a acordonar el sitio del volcamiento, me introducen en un vehiculo marca Nissan, modelo Terrano, color azul de la D.I.S.I.P., me golpean con la cacha de un arma larga en dos oportunidades en la parte izquierda de la cabeza, me propinaron patadas y golpes y me trasladan hacia el Helicoide, sede de la D.I.S.I.P., me bajan en un sitio ubicado en la cupula de dicho recinto a punta de pistolas y golpes, soy conducido a traves de una puerta metalica de color negro hacia un sitio cerrado, y entonces, alli, comienza el interrogatorio, comienza la tortura, soy golpeado nuevamente, patadas, golpes en la espalda y el torax, me colocan bolsas plasticas para provocarme asfixia, me apuntan con armas y disparan cerca de mi para asustarme, y luego, con las manos esposadas por detrás de la espalda me guindan con una cuerda elevandome los pies del piso y manteniendome suspendido en el aire, seguian con el interrogatorio, hasta que el hombro izquierdo que tenia lesionado con anterioridad, cedio y se me dislocó esa articulacion, en ese momento finalizo el interrogatorio, el cual duro aproximadamente unas 5 horas, el cual estuvo basado en dos temas:

1.- Informacion sobre la explosion en el Palacio Presidencial de Miraflores, hecho acaecido 20 horas antes de mi secuestro y que luego se comprobo que sucedió por manipulacion indebida de explosivos por parte de miembros de la Casa Militar.

2.- Informacion sobre cuatro Oficiales Disidentes de la Plaza Francia de Altamira: General Ejercito Jose Felix Ruiz Guzman, Coronel Ejercito Julio Rodriguez Salas, Coronel Aviacion Sammy Landaeta Millan y el General Ejercito Nestor Gonzalez Gonzalez.

En el transcurso del interrogatorio, me robaron estas personas mis pertenencias personales ( telefono celular, agenda, chaqueta, zapatos, reloj, cedula de identidad,etc) y hasta la fecha ninguna ha aparecido.

Al dia siguiente soy trasladado a los tribunales y en la audiencia, la juez 50 de control suplente Maria Esther Guia (luego sacada del caso), a solicitud de la fiscal 5 nacional Thersly Malave (luego sacada del caso y posteriormente destituida del Ministerio Publico) ordeno, en vista de mi estado fisico, la realizacion de examenes medico forenses para constatar mis lesiones y la medida cautelar de casa por carcel custodiado por la Policia Metropolitana, de quienes no tengo queja alguna. Luego de 20 dias (un dia antes de vencerse el plazo de tiempo para formalizar la acusacion fiscal) se hace presente en mi casa una comision de la D.I.S.I.P. integrada por los mismos funcionarios que me habian secuestrado, con una orden del tribunal 50 de control firmada por otra juez, Belkis Cedeño (posteriormente ascendida a magistrada de la corte de apelaciones y actualmente presidenta del Circuito Judicial Penal de Caracas ) y acompañados de un fiscal distinto, Yoraco Bauza, revocando la medida dictada con anterioridad y ordenando mi encarcelamiento en la sede de la D.I.S.I.P., donde permaneci por espacio de casi 4 meses sin tener contacto con la luz solar, en una celda de 2 x 2 Mts., con iluminacion de tubos de neon de luz blanca las 24 horas del dia.
  • Otras reseñas

Venezuela Chavez's uses Cubans to arrest dissidents in messy arrest

In a really messy arrest, the Chavez political police with suspicious Cuban accents attempted to arrest dissidents (footnotes 1 and 2). In the confusion one of the political police's vehicles crashes and one of the people arrested, although with bullet wound, gets away. The other person arrested Jorge Roja Riera (The Viking) has not yet been located among government prisoners.

Footnote 1 from eluniversal.com

(10:10 AM) Disip interviene Plaza Francia: Un arresto y un herido

Caracas.- Aproximadamente a las 11 de la noche del día de ayer viernes, la Plaza Francia de Altamira, que ha servido de bastión de militares rebeldes, fue intervenida por un comando de la Disip que accionó armas contra los presentes, hiriendo a uno de los sublevados, soldado Javier Moreno con impacto de bala en el brazo, y arrestando a un voluntario, de nombre Jorge Rojas Riera, cuyo paradero se desconoce. Uno de los testigos reportó a Globovisión que se presentaron catorce patrullas identificadas de ese cuerpo y ocho sin identificar, y unos tres hombres "fuertemente armados, con acento cubano" y "comenzaron a disparar".

Los civiles presentes emprendieron contra una de las camionetas intentando ayudar los militares que se encontraban en la Plaza Francia de Altamira. Una de las patrullas de la Disip se da a la fuga y sufre un volcamiento en medio de la confusa acción de anoche.

Footnote 2 from el-nacional.com
López reconoció tiroteo entre Polichacao y efectivos sin identificar
Tres heridos en operativo de la Disip en Altamira. Poco antes de la medianoche de este viernes, varios funcionarios de la
Disip se presentaron en las inmediaciones de la plaza Francia para detener, presuntamente, a soldados disidentes. Durante el operativo los efectivos no identificados se enfrentaron a la Policía de Chacao y, en su huída, una camioneta Jeep Cherokee se volcó en la avenida Don Bosco.En el incidente resultaron heridos los dos supuestos funcionarios que estaban en la camioneta y el soldado Félix Moreno, quien logró evadir la detención con un tiro en una mano. En la aparatosa operación fue detenido Jorge Rojas "El Vikingo", miembro del equipo de seguridad de la plaza Francia.
18th October 2003 18:51

Disip liberó a joven detenido el pasado sábado durante los sucesos de la plaza Altamira

Uno de los militares disidentes de la Plaza Altamira informó que Jorge Rojas Riera, detenido por la Disip el pasado sábado en la madrugada, fue liberado por una juez al recibir el beneficio de una medida sustitutiva. Según se conoció, Rojas fue golpeado por los efectivos policiales, por lo que se realizará los exámenes médicos para acudir, posteriormente, a la Defensoría del Pueblo.

De igual manera, señalaron que la Disip lo arrestó y trató de acusarlo con la manipulación de evidencias, como colocarle un arma en la mano derecha, cuando Rojas es zurdo.

Aseguraron que Jorge Rojas es una persona sana que colabora en la vigilancia de la Plaza Altamira y se encontraba con otras 15 personas, al menos, en ese lugar en el momento de la explosión en el Palacio Blanco.

21/9/2003 2:10:01 PM

La justicia revolucionaria
4/08/2004

Ayer 3 de Agosto vimos otra muestra mas de la Justicia Revolucionaria, ensucian su nombre y condenan a un inocente, ayer después de casi un año de arbitrariedades judiciales dictan sentencia en otro de los teatros montados por el gobierno. En un juicio bufo, con un sin fin de falsas pruebas, este asqueroso y arrastrado poder judicial hizo justicia revolucionaria.

No soy dado a meter las manos en le fuego por nadie, pero las injusticias hay que hacerles frente, Jorge Rojas, no disparó contra la DISIP , Jorge no portaba armas, Jorge Rojas cometió el mas grave de los delitos de hoy, luchar por su país.

Uno de los datos mas tristes de todo este asunto es el modo en que los medios lo registran, (artículo el cual les anexo), no solo lo señalan como culpable y no relatan nada de lo sucedido la noche del 13 de Septiembre en Altamira, son tan mediocres que ni el nombre lo escriben correctamente, lo que siento y me impulsa a escribir esto no es sangrar por la herida, lo que siento y me preocupa es el futuro, es la hipocresía y la cobardía que campea en mi país








MAGISTRADO PONENTE Dr. HÉCTOR CORONADO FLORES

La Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, integrada por los Jueces María del Carmen Montero (ponente), Leonardo Parra Useche y Juan Carlos Goitia Gómez, en fecha 15 de octubre de 2004, declaró inadmisible el recurso de apelación propuesto por el abogado Rigoberto Quintero Azuaje, en su carácter de defensor privado del acusado, contra la decisión del Juzgado Mixto Décimo Octavo de Primera Instancia, en Función de Juicio, del mismo Circuito Judicial Penal que, condenó al acusado JORGE ROJAS RIERA, a cumplir la pena de cuatro (4) años, seis (6) meses y quince (15) días de prisión, por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 275 del Código Penal, en relación con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos; INTIMIDACIÓN PÚBLICA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en el único aparte del artículo 297 y 219 eiusdem, respectivamente. Contra la decisión de la Corte de Apelaciones propuso recurso de casación el abogado Rigoberto Quintero Azuaje, en su carácter de defensor privado del acusado.

Vencido el lapso para la contestación del recurso sin que la misma hubiera tenido lugar, por parte del representante del Ministerio Público, fue remitido el expediente al Tribunal Supremo de Justicia.

En fecha 07 de diciembre de 2004, se recibieron las actuaciones en este Tribunal Supremo de Justicia, se dio cuenta en Sala de Casación Penal y se designó ponente al Magistrado Doctor Julio Elías Mayaudón Grau. En virtud del nombramiento en fecha 13 de diciembre de 2004, por parte de la Asamblea Nacional de los Magistrados principales y suplentes de este alto Tribunal, correspondió la presente ponencia el Magistrado Doctor Héctor Manuel Coronado Flores, quien con tal carácter la suscribe.

Cumplidos los trámites procedimentales del caso, la Sala pasa a pronunciarse acerca de la admisibilidad o desestimación del recurso, lo cual hace en los términos siguientes:

DE LOS HECHOS

Los hechos expuestos por los Fiscales Nacionales con Competencia en Salvaguarda, Seguros, y Mercadeo de Capitales, Décimo del Área Metropolitana de Caracas y Septuagésimo Segundo Auxiliar del Área Metropolitana de Caracas, en su escrito contentivo de la acusación, son los siguientes:

En fecha 19 de septiembre de 2003, fue aprehendido el ciudadano JORGE ROJAS RIERA por funcionarios adscritos a la Dirección General de los Servicios “DISIP ”, luego de disparar repetidas veces contra una comisión de este cuerpo policial que se desplazaba por la avenida San Juan Bosco, a la altura de la Plaza Francia de Altamira, en una unidad radio patrullera “Terrano”, de color azul, identificada con las siglas del referido organismo policial y en otra unidad no identificada marca Jeep, modelo “Cherokee”, de color verde. Luego de guardar el arma, el imputado pretendió esconderse en las inmediaciones de la mencionada plaza, lo que trajo consigo una situación de terror público, por cuanto en ese lugar se encontraban presentes varios ciudadanos, quienes al obeservar los disparos, intentaron resguardar sus vidas, generando una situación de escándalo público, a través de la utilización de alta voces, ubicados en esa plaza.

Al acusado se le incautó, en la pretina del pantalón, una pistola 9 milímetros, marca “Keltel”, con los seriales desvastados, no teniendo permisología de ningún tipo para portarla.

Los representantes del Ministerio Público acusaron formalmente al ciudadano JORGE ROJAS RIERA por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 275 del Código Penal, en relación con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, el cual, a criterio del recurrente “es un delito de mera actividad y se consuma con el solo (sic) hecho de portar un arma de guerra sin ningún tipo de permisología expedida por el órgano competente para autorizar su porte…”; INTIMIDACIÓN PÚBLICA, previsto y sancionado en el artículo 297, único aparte, del Código Penal, delito sobre el cual alega el impugnante “…este supuesto típico lo encontramos plenamente demostrado por cuanto este ciudadano accionó un rama de fuego con la intención de causar un desorden público, ya que es muy bien conocido por este (sic) quien vive en la Plaza Francia de Altamira que su acción iba a desencadenar un escándalo público y terror público, de acuerdo a las circunstancia espacialísimas que envuelven al sitio de los acontecimientos…”; y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 219 del Código Penal, por cuanto, expresa el representante de la vindicta pública: “…este ciudadano luego de su acción delictiva pretendió huir del sitio oponiéndose a ser arrestado por los funcionarios policiales, agrediéndolos cuando pretendieron ejecutar su aprehensión…”

En fecha 09 de agosto de Juzgado Mixto Décimo Octavo de Primera Instancia, en Función de Juicio del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, condenó al ciudadano JORGE ROJAS RIERA, a cumplir la pena de cuatro (4) años, seis (6) meses y quince (15) días de prisión, por la comisión de los delitos Porte Ilícito de Arma de Guerra, Intimidación Pública y Resistencia a la Autoridad, con voto salvado del escabino Carmelo Miguel Millán Figueroa.

Tanto la representación fiscal, como la defensa, interpusieron recurso de apelación, en contra de la decisión del Juzgado de Juicio.

La Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con ponencia de la Juez Martha Mijares Torrealba, declaró inadmisible el recurso de apelación propuesto por la defensa “…por no estar fundado, como lo impone el primer aparte del artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal (…), se decreta en virtud del principio de congruencia que rigen las normas que regulan la materia recursiva”

En fecha 15 de octubre de 2004, la citada Corte de Apelaciones, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la Representación Fiscal y modifico de oficio la sentencia apelada, en cuanto a la calificación jurídica en lo que respecta al delito de Porte Ilícito de Arma de Guerra y condenó al acusado JORGE ROJAS RIERA, a cumplir la pena de cuatro (4) años, seis (6) meses y quince (15) días de prisión, por la comisión de los delitos de INTIMIDACIÓN PÚBLICA, PORTE ILÍCITO DE ARMA y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en el único aparte del artículo 297 del Código Penal, 278 y 279 eiusdem, respectivamente.

La Sala para decidir observa:

En atención a lo dispuesto en los artículos 257 de la Constitución y 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos e intereses de las partes, la Sala, antes de conocer del recurso de casación propuesto, ha revisado las actas procesales y observa que la Corte de Apelaciones incurrió en un vicio de carácter procesal que atenta contra principios y garantías constitucionales del acusado. A tal efecto, pasa a pronunciarse en los términos siguientes:

La Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la oportunidad legal de pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de apelación propuesto por la defensa, en fecha 24 de septiembre de 2004, expresó lo siguiente:

“…observa la Sala, que el apelante lo que hace en un análisis muy personal del porqué en su criterio las pruebas no bastaban para condenar a su Defendido, pero él no indica de manera precisa y por separado, tal como lo establece el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, cada una de sus denuncias y la solución que pretende, al punto que simplemente alega en el encabezado de sus recurso denunciar de conformidad con los numerales 2 y 3 del articulo 452 Ejusdem, más sin embargo, no expresa a Sala en cual (sic) de los tantos supuestos que contienen los citados numerales (…), encuadra su impugnación, cómo influyeron éstos en el dispositivo del fallo y las resultas que persigue de ser declarada con lugar su impugnación, siéndole imposible a esta Alzada suplir tal omisión, por cuanto ello se traduciría en violación al principio de Igualdad entre las Partes y violación del Derecho a la Defensa del Ministerio Público, quien por razones obvias estaría imposibilitado de dar contestación a lo que acordara la Sala.

En consecuencia, por las razones antes expuestas lo procedente es declarar Inadmisible el recurso interpuesto, por no estar fundado, como lo impone el primer aparte artículo 453 del Código Orgánico Procesal, a pesar que esta circunstancia no está señalada expresamente en el artículo 437 Ejusdem, como causal de inadmisibilidad, pero que se decreta en virtud del principio de congruencia que rige las normas que regulan la materia recursiva. Así se Decide.” (Sic)

Según lo dispuesto en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, las Cortes de Apelaciones sólo podrán declarar inadmisible el recurso de apelación por las causales taxativas indicadas en dicha norma, a saber: por ilegitimidad de las partes, por ser extemporáneo y, cuando la decisión objeto del recurso sea inimpugnable o irrecurrible por expresa disposición legal. Fuera de estos casos, la Corte de Apelaciones deberá conocer el fondo del recurso y dictará la decisión que corresponda.

En el presente caso, al no concurrir ninguna de las causales previstas en el artículo 437 ibídem, la Corte de Apelaciones estaba en la obligación de conocer del fondo del asunto planteado en el recurso.

En tal sentido, ha expresado la Sala en otras oportunidades, que cuando se interpone el recurso de apelación debe hacerse una revisión previa del escrito y sin ir al fondo del asunto planteado, debe pronunciarse sobre la admisibilidad o inadmisibilidad de conformidad con el referido artículo, debiendo entenderse, entonces, que no hay cabida a la desestimación del recurso, por manifiestamente infundado en la Corte de Apelaciones.

Por otra parte, la Corte de Apelaciones, vulneró el principio de la doble instancia, vale decir, el derecho que tiene toda persona, en plena igualdad, a recurrir del fallo ante un juzgado o tribunal superior, así como incurrió en violación de la tutela judicial efectiva consagrada en los artículos 26 y 49, numeral 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; al debido proceso; al derecho a ser oído y a obtener oportuna respuesta.

Ante el vicio en el cual incurrió la Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, es procedente declarar la nulidad del fallo impugnado. Así se declara.

DECISIÓN

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, anula de oficio, el fallo dictado por la Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y ordena la remisión del expediente al Presidente del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines que distribuya el expediente a una Corte de Apelaciones distinta, que conozca del recurso de apelación propuesto.
Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Audiencias del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, en Caracas, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo de 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

El Magistrado Presidente (E),

HÉCTOR CORONADO FLORES
Ponente
El Magistrado Vicepresidente (E),
ALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
Las Magistradas,
BLANCA ROSA MÁRMOL de LEÓN

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS

La Secretaria de la Sala,

GLADYS HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

HMCF/mj

Exp. Nº 2004-0577